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Reglamento UE

Reglamento (UE) nº 305/2011 de productos de construcción

Productos de construcción (CPR)

Vigente

El Reglamento (UE) Nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo establece condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción en la Unión Europea. Sustituye a la anterior Directiva 89/106/CEE y proporciona un marco legal común para fabricantes, distribuidores, proyectistas y profesionales del sector de la construcción.

¿Qué regula este reglamento?

Condiciones para la comercialización de productos de construcción

  • Define los requisitos básicos de las obras de construcción: seguridad estructural, salubridad, eficiencia energética, protección contra el ruido, entre otros.
  • Establece los procedimientos para declarar las prestaciones de los productos mediante la Declaración de Prestaciones (DoP).
  • Obliga a utilizar el marcado CE como garantía de conformidad con las normas europeas armonizadas.

Obligaciones de los agentes económicos

  • Fabricantes: emitir la DoP y garantizar que el producto cumple con ella.
  • Importadores: verificar que los productos introducidos en el mercado de la UE cumplen con el reglamento.
  • Distribuidores: asegurar que el producto lleva el marcado CE y va acompañado de la documentación correspondiente.

Evaluación de prestaciones

  • Define métodos armonizados de evaluación (sistemas de evaluación y verificación de la constancia de prestaciones, AVCP).
  • Asigna responsabilidades a organismos notificados para realizar ensayos, certificaciones o inspecciones.

Marcado CE obligatorio

  • Solo se puede aplicar cuando el producto está cubierto por una norma armonizada o una Evaluación Técnica Europea (ETE).
  • Permite la libre circulación de productos dentro del mercado único europeo.

Documentación técnica obligatoria

  • Declaración de Prestaciones (DoP)
  • Manual de instalación o instrucciones, si procede
  • Información sobre uso previsto y características esenciales

Aplicaciones del Reglamento 305/2011

  • Productos de construcción utilizados en edificación y obra civil
  • Sistemas estructurales, aislamiento, protección contra incendios, carpintería, acabados, instalaciones técnicas, etc.
  • Prefabricados, materiales innovadores y soluciones técnicas especiales cubiertas por una ETE

Beneficios de su cumplimiento

  • Unificación normativa en los países del Espacio Económico Europeo (EEE)
  • Mayor transparencia y fiabilidad técnica de los productos
  • Seguridad jurídica para fabricantes y usuarios
  • Facilita el comercio interior gracias al reconocimiento mutuo del marcado CE
  • Trazabilidad y control sobre prestaciones, responsabilidad y calidad

Relación con otras normativas

El Reglamento 305/2011 se aplica junto con las normas europeas armonizadas (EN hEN) para cada tipo de producto. En caso de no existir una norma armonizada, se puede utilizar una Evaluación Técnica Europea (ETE), basada en Documentos de Evaluación Europeos (DEE).

Productos que cumplen esta norma

Hierros para la construcción

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  • 18 medidas
  • B500T